La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del estado Bolivariano de Mérida, en cumplimiento a la Resolución Nº 2015-0009
de fecha 29 de abril de 2015, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de
Justicia, mediante la cual implemento el horario comprendido de 08:00 am a 1:00 pm., como medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica, y tomando las previsiones indispensables para garantizar el servicio público de administración de justicia, establece un Horario Provisional para los Tribunales Laborales del Estado Bolivariano de Mérida, hasta nuevo aviso:
HORARIO DE DESPACHO PROVISIONAL
08:00 a.m a 1:00 p.m.
HORARIO DE DISTRIBUCIÓN DE AUDIENCIAS
PRELIMINARES
8:45 a.m.; 9:45 a.m.; y, 10:45 a.m.
HORARIO DE CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS
PRELIMINARES
9:00 a.m.; 10:00 a.m; y, 11:00 a.m.
HORARIO DE CELEBRACIÓN DE AUDIENCIAS ORALES
Y PÚBLICAS DE JUICIO Y DE APELACIÓN
9:00 a.m.; 10:00 a.m; y, 11:00 a.m.
Las audiencias que fuerón fijadas con antelación a la Resolución Nº 2015-0009 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, cuya celebración correspondía fuera del horario establecido en dicha Resolución, serán reprogramadas por cada unos de los Tribunales del Trabajo, mediante auto expreso proferido en cada uno de los asunto que corresponda, fíjandose nueva fecha y hora para la celebración de la audiencia (Audiencia Preliminar o su Prolongación, Audiencia Oral y Pública de Juicio ó Audiencia de Apelación), adaptándose al horario acordado en la Resolución supra mencionada.