lunes, 26 de mayo de 2008

CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE ALTERNA EL VIGÍA RECIBE A FUNCIONARIOS DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, EXTENSIÓN EL VIGÍA, PARA SU FORMACIÓN.

Con toda la receptividad que caracteriza al personal de la Coordinación Laboral, el lunes 19 de mayo de 2008, fue recibido en nuestras instalaciones de El Vigía, el primer grupo de funcionarios del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede El Vigía; en acatamiento de los lineamientos de la Sala de Casación Social, que precisa la consolidación de la verdadera justicia social, al servicio de los ciudadanos, con apego a la disciplina, control, celeridad, transparencia y buen funcionamiento y básicamente con la formación de un funcionario judicial, comprometido, responsable, respetuoso, humanizado, verdaderos representantes de la justicia con rostro humano; quienes recibieron de nuestro personal designado, en las diferentes unidades, apoyo y colaboración con base en sus conocimientos y experiencia, para su entrenamiento en el contexto del modelo organizacional y de funcionamiento de Circuito, que consolida el proceso de modernización y transformación que ha adelantado fundamentalmente la Sala de Casación Social dentro del Poder Judicial; y del que representan un paradigma nuestro modelo laboral, que ha sido ubicado a la vanguardia de otras instancias.
BENEFICIO DE GUARDERIAS INFANTILES.


Abg. Silvia Yohanna Bustamante




Con relación al Beneficio de Guarderías Infantiles, es importante enfatizar, que se refiere a una obligación social, que tiene el empleador de proveer a los hijos de sus trabajadores el cuidado integral a través de establecimientos, que ofrezca el servicio de acoger temporalmente a niños pequeños, principalmente en edad donde no pueden estar escolarizados dentro de la enseñanza reglada. Esta obligación social de guardería, por parte del empleador, cuyo propósito de la norma que la establece, de conformidad con el criterio de la Sala de Casación Social, (Sentencia No. 0257, con Ponencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO de fecha 11 días del mes de marzo de 2008), es, “la protección laboral de la maternidad y la familia, combatiendo el problema social que constituye para los trabajadores el cuidado de sus hijos”, y que da cumplimiento al Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo, “Convenio sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras: trabajadores con responsabilidades familiares”, ya que incluye dentro de nuestra política nacional, permitir que las personas con responsabilidades familiares que desempeñen un empleo, ejerzan su derecho a hacerlo en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales.


jueves, 15 de mayo de 2008

HOMENAJE A LAS MADRES DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL, SEDE ALTERNA EL VIGÍA.

Meritorio homenaje recibieron por su día, las madres que conforman el equipo de trabajo de la Sede de El Vigía de ésta Coordinación Laboral; entre lagrimas, sorpresas, risas, y bonitos recuerdos, se brindó por estas extraordinarias mujeres, madres, hijas, esposas y excelentes trabajadoras, que demostraron la felicidad que embargó su espíritu por tan caluroso agasajo, con una gran sonrisa y abrazo de gratitud a todos sus compañeros, quienes consideraron propicio el momento para consolidar el espíritu de compañerismo, distintivo de nuestro funcionario judicial.