Los Derechos de Autodeterminación, Soberanía y Libertad de la
gran patria de Simón Bolívar.
La Coordinación del Trabajo del Estado Bolivariano
de Mérida, en conjunto con Oficina Nacional de Participación Ciudadana del
Tribunal Supremo de Justicia; en nombre de la Dra. Gladys María Gutiérrez
Alvarado, Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia; la Dra. Marjori
Calderón, Presidenta de la Sala de Casación Social y Coordinadora LOPNNA; y, el
Dr. Edgar Gavidea Rodríguez, Coordinador Nacional Laboral; se complace en invitar a la
colectividad merideña, al Encuentro con las Comunidades denominado: Los Derechos de Autodeterminación,
Soberanía y Libertad de la gran patria de Simón Bolívar.
El encuentro se realizará con el fin de difundir
la importancia de las históricas Sentencias: N° 100, de fecha 20 de Febrero de 2015; y la N° 443, de fecha 10 de Abril de 2015, entre otros puntos.
La indicada actividad, se realiza con el fin de
dar a conocer que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como
garante de los principios y derechos constitucionales señaló que la “ley para la defensa de los derechos humanos y la sociedad
civil en Venezuela 2014’ dictada por los Estado Unidos de Norte América y el decreto emitido por
Barack Hussein Obama, Presidente de ese país, que califica a la República
Bolivariana de Venezuela como “…una amenaza inusual y extraordinaria a la
seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos…” NO TIENE LEGITIMIDAD NI VALIDEZ EN LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y NO ES APLICABLE A SUS HABITANTES.
" Sentencia que declara que el Decreto "Orden Ejecutiva" emanada de la Presidencia de los Estados Unidos de América, del 9 de marzo de 2015, suscrita por el Presidente de ese Estado, no tiene legitimidad y vulnera todas las fuentes del Derecho Internacional, así como también contraría la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los mas emblématicos citerios de jurídicos y éticos de la humanidad".
La histórica Sentencia N° 100, de data 20 de
Febrero de 2015 de la
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia entre
tantas cosas importantes asentó que:
" Sentencia que declara que los Estados Unidos de América no tienen jurisdicción alguna, de ninguna intensidad, forma o atributo, para sancionar y promulgar actos de faz legal con la aplicación en la República Bolivariana de Venezuela, siendo que el documento identificado como "ley para la defensa de los derechos humanos y la sociedad civil en Venezuela 2014", carece de validez y efectividad y es absolutamente nula su ubicación o existencia en el plano jurídico para la República Bolivariana de Venezuela y sus nacionales".
" Sentencia que declara que los Estados Unidos de América no tienen jurisdicción alguna, de ninguna intensidad, forma o atributo, para sancionar y promulgar actos de faz legal con la aplicación en la República Bolivariana de Venezuela, siendo que el documento identificado como "ley para la defensa de los derechos humanos y la sociedad civil en Venezuela 2014", carece de validez y efectividad y es absolutamente nula su ubicación o existencia en el plano jurídico para la República Bolivariana de Venezuela y sus nacionales".
De igual manera determinó en la Sentencia
Constitucional N° 443, de fecha 10 de Abril de 2015, que:
" Sentencia que declara que el Decreto "Orden Ejecutiva" emanada de la Presidencia de los Estados Unidos de América, del 9 de marzo de 2015, suscrita por el Presidente de ese Estado, no tiene legitimidad y vulnera todas las fuentes del Derecho Internacional, así como también contraría la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los mas emblématicos citerios de jurídicos y éticos de la humanidad".
Las fechas y lugares de las actividades que se
programaron de manera paulatina en todo
el Estado Bolivariano de Mérida, son las que se plantean a continuación:
Traslado
|
Municipio
|
Ciudad
|
Juez o Jueza
|
Fecha
|
01
|
Libertado
|
Mérida (Comuna Bicentenaria 16 de Septiembre).
|
Glasbel Belandria
|
19/Mayo/2015
|
02
|
Santos Marquina
|
Tabay
|
Glasbel Belandria
|
25/Mayo/2015
|
03
|
Antonio Pinto Salinas
|
Santa Cruz de Mora
|
Andreina Fernández
|
19/Junio/2015
|
Rivas Dávila
|
Bailadores
|
|||
Tovar
|
Tovar
|
|||
Zea
|
Zea
|
|||
04
|
Alberto Adriani
|
El Vigía
|
Andreina Fernández
|
10/Julio/2015
|
05
|
Arzobispo Chacón
|
Canagua
|
Glasbel Belandria
|
Suspendido
|
06
|
Andrés Bello
|
La Azulita
|
Yelitza Sandomenico
|
23/Julio/2015
|
Caracciolo Parra Olmedo
|
Tucani
|
|||
Obispo Ramos de Lora
|
Santa Elena de Arenales
|
|||
07
|
Guaraque
|
Guaraque
|
Glasbel Belandria
|
Suspendido
|
08
|
Julio César Salas
|
Arapuey
|
Yelitza Sandomenico
|
Pendiente
|
Justo Briceño
|
Torondoy
|
|||
Tulio Febres Cordero
|
Nueva Bolivia
|
|||
09
|
Padre Noguera
|
Santa María de Caparo
|
Glasbel Belandria
|
23/Julio/2015
|
Campo Elías
|
Ejido
|
Andreina Fernández
|
||
Sucre
|
Lagunillas
|
|||
10
|
Aricagua
|
Aricagua
|
Andreina Fernández
|
31/Julio/2015
|
Libertador
|
El Valle
|
Glasbel Belandria
|
||
11
|
Cardenal Quintero
|
Santo Domingo
|
Glasbel Belandria
|
07/Agosto/2015
|
Miranda
|
Timotes
|
Glasbel Belandria
|
||
Pueblo Llano
|
Pueblo Llano
|
Glasbel Belandria
|
||
Rangel
|
Mucuchíes
|
Glasbel Belandria
|
||
12
Final
|
Libertador
|
Mérida (Centro Cultural Tulio Febres Cordero)
|
Glasbel Belandria
|
12/Agosto/2015
|
Nota: Si algún
ciudadano, en representación de una comunidad organizada, desea que la presente
actividad se efectúe en su localidad, puede comunicarse al número telefónico:
0274-2520095; y solicitar hablar con las Secretarias Ejecutivas de la Coordinación del
Trabajo del Estado Bolivariano de Mérida, para hacer las gestiones pertinentes.
El Texto completo de las decisiones puede
ser encontrado en las siguientes direcciones:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/174494-100-20215-2015-15-0142.HTML
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/176230-443-10415-2015-15-0312.HTML
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/174494-100-20215-2015-15-0142.HTML
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/176230-443-10415-2015-15-0312.HTML
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